Por la parcialidad, los prejuicios y la arbitrariedad del juez y las incongruencias en su fundamentación, los abogados Alejandro Rúa, Graciana Peñafort y Elizabeth Gómez Alcorta pidieron hoy la anulación del procesamiento de Martín Sabbatella y otros exdirectores de AFSCA y el apartamiento del juez federal Claudio Bonadío, interviniente en la causa en la que se investiga a los exfuncionarios por el inicio de la adecuación de oficio del Grupo Clarín.
Los letrados presentaron la apelación basándose en los argumentos esgrimidos por el propio Bonadío en su auto de procesamiento, y señalaron: “Si los dictámenes e informes son lícitos, si se cumplió el procedimiento, si los funcionarios actuaron dentro de la órbita de sus competencias específicas… ¿cuál sería el fin ilícito y/o persecutorio que se manifiesta en los mismos y que es considerado probado por el juez?”. “El procesamiento de todos nuestros defendidos es manifiestamente arbitrario e improcedente -explicaron Rúa y Peñafort en el escrito presentado hoy en Comodoro Py-. Se aparta por completo de los principios jurisprudenciales que exigen que las sentencias sean fundadas y constituyan derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las constancias comprobadas en la causa. Es contradictorio intrínsecamente. Con fundamentación aparente y puramente dogmática, alejado de los hechos y del derecho, se arribó a una solución apartada de la sistemática del código ritual en materia de fundamentación, como así también de sus normas expresas y de las normas de rango constitucional que protegen a toda persona contra el riesgo de afrontar un proceso con un juez parcial”.
Al pedir el apartamiento de Bonadío, los letrados explican que en los considerandos de su decisión el juez expone su prejuzgamiento al dar por hecho que la sanción de la ley buscó perjudicar el poder de actuación del grupo de medios y que para ello se creó el AFSCA y se designó a Sabbatella como “ejecutor del hostigamiento” (textuales del auto de procesamiento de Bonadío).
“En el caso puede verse que el magistrado instructor no solo posee ‘prejuicios’ sino una posición tomada respecto al contexto en el que se desarrollaron los hechos que investiga y ha determinado de antemano cuál es el rol que en su construcción hipotética le cabe a Martín Sabbatella y al resto de los procesados”, explican Rúa y Peñafort.
El viernes 26 de mayo, el titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 11 dictó el procesamiento de Sabbatella, Eduardo Rinesi, Ignacio Saavedra, Néstor Avalle, Claudio Schifer y otros tres directores por considerar que incurrieron en el delito de abuso de autoridad al iniciar la adecuación de oficio del Grupo Clarín. La medida había sido tomada por el Directorio de AFSCA luego de que se descubriera el intento del multimedios de conservar, a través de ventas y divisiones ficticias, el control de diez veces más licencias de servicios de comunicación audiovisual que las autorizadas por la ley 26.522. Luego de que Sabbatella hiciera públicas la maniobra de Clarín y el Directorio de AFSCA decidiera iniciar el proceso de adecuación de oficio, la empresa consiguió una nueva cautelar e inicio una demanda en el juzgado de Bonadío que derivó en el procesamiento de los exfuncionarios.
En la fundamentación del escrito, los defensores refutan los argumentos del magistrado: “A Clarín no se le rechazó la adecuación voluntaria por el vencimiento del plazo, sino por las irregularidades detectadas. No hubo diferencia de trato sino situaciones distintas. En ningún caso se comenzó la adecuación de oficio por el vencimiento de los plazos. Fue el denunciante el que en reiteradas oportunidades requirió la pronta finalización del trámite de adecuación. El criterio del AFSCA fue flexible con todos los grupos de medios, incluido el Grupo Clarín”.
En relación a Sabbatella, los abogados puntualizan: “No hubo por parte de Martin Sabbatella un abuso de autoridad. Llevó adelante, en su carácter de Presidente del Directorio del AFSCA, conductas lícitas para las que estaba expresamente facultado. Los argumentos esbozados en el procesamiento para dar cuenta de una supuesta arbitrariedad desconocen las múltiples constancias obrantes en los expedientes administrativos que fueron objeto de la instrucción y de cuya lectura se desprende con meridiana claridad que han sido cuanto menos mal interpretados, sino deliberadamente tergiversados por la voluntad de un juez instructor que claramente ha manifestado su absoluta, notoria e ilegal parcialidad respecto a nuestro defendido”.